En este blog os voy a hablar sobre los sindicatos de trabajadores, su función en el mundo laboral y su objetivo consistente en favorecer a los trabajadores. Voy a dar información sobre este tema y os voy a comunicar algunos casos actuales en los que este derecho no se cumple, ya que tienen el deber de hacerlo siempre de una forma democrática y respetando a la Constitución y muchas veces no se cumple. Este es el artículo de la Constitución Española en el que me baso y voy a trabajar:
Artículo 7.
Los sindicatos de trabajadores y las asociaciones empresariales contribuyen a la defensa y promoción de los intereses económicos y sociales que le son propios. Su creación y el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a la Constitución y a la ley. Su estructura y funcionamiento Webern ser democráticos.
CONCEPTOS CLAVE DE ESTE ARTÍCULO:
- Derecho de todas las personas al trabajo y el correspondiente deber de llevarlo a cabo.
- La importancia del trabajo del ser humano en diferentes aspectos:
- Para la vida personal: con el trabajo uno se realiza como persona, pone en juego sus capacidades, logra los de medios de la vida que le son necesarios.
- Para la vida familiar: el trabajo hace posible la constitución de un hogar y una familia autónoma.
- Para la vida social: con el trabajo, la persona se inserta en la vida social, compartiendo su actividad con otros, y hace posible, sostiene y enriquece la vida social.
- Respecto de la naturaleza: el trabajo imprime en la naturaleza el sello del ser humano y la hace más humana y más espiritual.
- La dignidad del trabajo: el hombre y la mujer que trabajan son siempre más importantes que cualquier otro elemento que intervenga en el proceso productivo: medios de producción, beneficios económicos… Y, en consecuencia, es más importante el papel de los que aportan el trabajo que el de los que aportan el capital.
- Desde esta perspectiva no es de extrañar que se pongan de relieve los derechos de los trabajadores, junto con los deberes que les corresponden. Unos derechos que, van más allá de lo que suelen reconocer las legislaciones laborales vigentes: salario justo, condiciones dignas, participación en la gestión,los beneficios e incluso la propiedad de la empresa, asociacionismo, huelga… Ello significa que los que aportan el capital, que hace posible el trabajo, no tengan también sus derechos, que hay que respetar.
- El trabajo debe realizarse con unos parámetros adecuados para que sea humano y humanizador. No siempre los progresos técnicos y las actuales condiciones de trabajo suponen un avance en la capacidad de enriquecer humanamente a las personas que trabajan.
Aquí os dejo dos vídeos que tratan sobre los derechos básicos principales de los trabajadores.
Todos los trabajadores tienen el derecho de disfrutar de los valores que aparecen en los vídeos en su situación laboral y muchas veces no es así. Por eso, a día de hoy seguimos luchando para conseguirlos. Afortunadamente, contamos con la ayuda de los sindicatos y gracias a ellos la situación va progresando.